Certificaciones Estructurales

El Decreto 86/2013, de 1 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de actividades clasificadas y espectáculos públicos establece en su artículo 21 “Condiciones de las estructuras no permanentes desmontables” que todas las estructuras no permanentes deben contar con un certificado técnico previo a su instalación, y con un certificado final de instalación redactado por técnico competente.

En este certificado, el técnico debe certificar que la instalación de los elementos se realizará en condiciones de seguridad, haciendo constar las características de los elementos, las condiciones de instalación y las condiciones adicionales de seguridad que sean necesarias en función del emplazamiento donde se pretenda instalar.

Las estructuras a las que se refiere este certificado son escenarios, truss, torres de sonido e iluminación, carpas, castillos hinchables, etcétera.

Nuestro equipo se encarga de preparar la documentación técnica, y de revisar el montaje de las estructuras para acreditar la seguridad para los usuarios y asistentes al evento.

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