¿Cuándo es necesario un plan de seguridad??

Todo evento necesita un Plan de Seguridad. Mejor dicho, todo evento debe contar con un documento que analice las condiciones de seguridad para el evento y plantee los protocolos de actuación en caso de emergencia.

               En función del aforo y de las características del evento, podremos distinguir el tipo de documento en tres tipos distintos:

  • Memoria de seguridad: Para todos los eventos o espectáculos públicos con aforo inferior a 200 personas.
  • Plan de seguridad: Para todos los eventos en los que se superen las 200 personas y no sea necesario redactar un Plan de Autoprotección.
  • Planta de Autoprotección: Para el resto de eventos

¿Cuáles son los eventos para los que hace falta un Plan de Autoprotección?

Según el Decreto  67/2015, de 30 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Autoprotección exigible a determinadas actividades, centros o establecimientos que puedan dar origen a situaciones de emergencia en la Comunidad Autónoma de Canarias.http://www.gobiernodecanarias.org/boc/2015/098/002.html será necesario un Plan de Autoprotección cuando:

  • En espacios cerrados en edificios cuando el aforo sea superior a 1.000 personas o la altura de evacuación sea de 14 metros o superior.
  • En espacios cerrados temporales cuando el aforo sea superior a 1.000 personas
  • En eventos al aire libre cuando el aforo previsto sea superior a 10.000 personas
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